Actualización Normativa Definitiva Copas de España 2016 2017. Se recuerda que la organización de las distintas copas deberá contar con un mínimo de 4 árbitros por tatami. La RFEJYDA enviará un comisionado para que evalúe a los árbitros, los gastos de alojamiento y manutención de este técnico irán a cargo de la organización. Los árbitros jubilados, mayores de 65 años, podrán arbitrar en estas copas, excepto en la Supercopas. En caso de utilizar árbitros de otras autonomías se deberá informar a la federación cedente para que emita un Vº Bº que acredite únicamente la colegiación y actualización de los mismos. Los gastos que de desplazamiento, alojamiento, manutención y ejecución técnica que ocasionen estos árbitros los asumirá el organizador o, en su caso, según acuerdo entre las Federaciones. Todos los árbitros que se inscriban en las Copas de España de Judo deberán ser árbitro internacional o nacional. Los árbitros autonómicos también podrán ser convocados siempre y cuando realicen el examen de árbitro nacional en el mismo evento. Para este caso la Federación organizadora solicitará al CNA la realización del citado examen.”

 Normativa Copas de España 2016/2017 – DEFINITIVA